Si quien tomó la decisión aplicó mal la ley, malinterpretó la evidencia que ya tenía delante o cometió un error evidente en el expediente existente, eso por lo general apunta a una moción para reconsiderar (o a una apelación, si el plazo no ha vencido y un organismo superior todavía no ha resuelto) — no a una moción para reabrir. Vea

A motion to reconsider argues that the decision-maker made a legal or factual error based on the record that already existed — it doesn't introduce new evidence. That's the key difference from a motion to reopen, and confusing the two is one of the most common — and costly — mistakes people make after a denial.

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Un argumento, no nueva evidencia

En esencia, una moción para reconsiderar es un argumento jurídico dirigido de vuelta al decisor que acaba de fallar en su contra: con base en lo que ya estaba ante él, esto se resolvió mal. No se agrega nada nuevo al expediente. No hay nuevos testigos, no hay nuevos documentos, no hay nuevos hechos — solo una explicación centrada en dónde la decisión aplicó mal la ley, malinterpretó la evidencia que ya se había presentado o llegó a una conclusión que el expediente existente no respalda.

Eso es lo que la separa claramente de una moción para reabrir, tratada en Si algo realmente cambió — aparece nueva evidencia, cambian las circunstancias o un hecho no estaba razonablemente disponible al momento de la decisión original — eso por lo general apunta, en cambio, a una moción para reabrir. Vea Una moción para reabrir se refiere a hechos que el decisor nunca tuvo. Una moción para reconsiderar se refiere a hechos que ya tenía, argumentados de forma distinta o más precisa. La gente confunde estas dos constantemente — presentando algo etiquetado como “moción para reconsiderar” que en realidad se basa en nueva evidencia, o viceversa — y, por lo general, los foros no simplemente reclasifican una moción mal etiquetada a favor de quien la presenta. Hacer que la etiqueta y el contenido coincidan no es una formalidad; afecta incluso si la moción se considera o no en cuanto al fondo.

Qué debe incluir

En USCIS, en el tribunal de inmigración y ante la BIA, el requisito recurrente es la especificidad. La moción por lo general debe identificar el error real — un estándar jurídico específico que se aplicó mal, una pieza específica del expediente probatorio existente que se pasó por alto o se leyó mal, una conclusión específica que no se desprende lógicamente de los hallazgos — y, cuando el argumento se basa en una ley, reglamento o caso previo, citarlo. Una moción que sostenga, en términos generales, que el resultado “no es justo” o “no refleja el panorama completo”, sin vincular eso a un error específico e identificable, es exactamente el tipo de escrito que suele ser denegado sin que siquiera se entre al fondo.

Esto significa que una moción para reconsiderar, en un sentido real, se parece más a un escrito de apelación que a una presentación nueva. Requiere entender no solo con qué está en desacuerdo, sino Una vez que sabe quién decidió el caso, la siguiente pregunta es que la decisión fue jurídicamente o fácticamente incorrecta en sus propios términos.

Plazos y límites por foro

Tribunal de inmigración. Una moción para reconsiderar presentada ante un juez de inmigración por lo general vence dentro de los 30 días siguientes a la orden final — notablemente menos que la ventana de 90 días que generalmente se aplica a las mociones para reabrir en el mismo foro. Por lo general, solo se permite una moción para reconsiderar por decisión.

La Junta de Apelaciones de Inmigración. La BIA aplica una ventana de presentación similar de 30 días a partir de la fecha en que se emitió su decisión, también limitada por lo general a una moción para reconsiderar por decisión, y por lo general una parte no puede pedir la reconsideración de una decisión que a su vez denegó una moción anterior.

USCIS. Las mociones para reconsiderar presentadas ante USCIS se hacen en el Formulario I-290B, por lo general dentro de los 30 días de la decisión (33 días si se envía por correo), con prácticamente ninguna excepción para una presentación tardía — la orientación de USCIS describe el período de presentación para las mociones para reconsiderar (y las apelaciones) como uno en el que no existe la misma excusa de “retraso razonable” que a veces aplica a las mociones para reabrir.

Como el plazo para una moción para reconsiderar suele ser más corto que el plazo para una moción para reabrir en el mismo foro, identificar mal cuál necesita puede hacerle perder el reloj más corto antes de que se dé cuenta de que ya está corriendo.

Problemas comunes

La falla más común es una moción que suena más a desacuerdo que a argumento jurídico — repite por qué el resultado parece incorrecto sin identificar un error específico y citable en la forma en que se aplicó la ley o el expediente existente. Un segundo problema común es adjuntar nueva evidencia a una moción para reconsiderar, lo que puede debilitar el escrito en lugar de fortalecerlo, ya que el foro podría tratar la moción como mal caracterizada. Un tercero es simplemente calcular mal el plazo, especialmente en los foros donde el plazo para reconsiderar (por lo general 30 días) es más corto que el plazo para reabrir en el mismo reglamento.

Riesgos y excepciones

Como la mayoría de los foros solo permiten una moción para reconsiderar por decisión, y por lo general no permiten pedir la reconsideración de una decisión que negó una moción anterior, hay poco margen para intentarlo de nuevo si la primera moción está mal redactada. Eso hace que la presentación inicial tenga más en juego de lo que podría parecer — este no es un espacio para una presentación provisional que luego se refinará. Y, como ocurre con la mayoría de las presentaciones en este centro, una moción para reconsiderar por lo general no suspende por sí sola la deportación; consulte El estatus mientras un caso está pendiente es una pregunta aparte de qué recurso está disponible, y las dos se confunden con frecuencia. Presentar una apelación o una moción no siempre detiene una acción de ejecución, y asumir que sí lo hace puede ser realmente peligroso. Vea si el tiempo frente a la ejecución es parte de su situación.

Cómo encaja esto con apelar en lugar de eso

Si su plazo no ha vencido y un órgano superior aún no ha revisado la decisión, a veces una apelación puede abordar el mismo tipo de error legal que plantearía una moción para reconsiderar — y las dos no siempre son opciones intercambiables para el mismo problema. Cuando ambas están técnicamente disponibles, cuál realmente encaja depende de en qué etapa procesal se encuentra (¿ya resolvió un órgano superior?), qué plazo rige para cada una y, en los casos del tribunal de inmigración específicamente, de las reglas de jurisdicción sobre qué órgano tiene actualmente autoridad sobre su caso. Consulte ¿Debe apelar, presentar una moción o volver a presentar después de una denegación? para ver cómo esa decisión encaja en el panorama general, y ordenó la deportación, denegó alivio o desestimó un caso en corte de inmigración. Las opciones principales son una apelación ante la BIA — vea para ver cómo funciona procesalmente una apelación directa.

Esto es un mapa, no una decisión. Su objetivo es ayudarle a entender el terreno — qué organismo decidió su caso, a qué tipo de error se está refiriendo y cuál de las guías de este centro realmente aborda su situación — para que una conversación sobre su denegación u orden específica empiece desde el lugar correcto. No es una recomendación para presentar ninguna moción o apelación en particular, y no debe leerse como tal; la opción correcta depende de hechos específicos de su caso, de su orden y de su plazo que una visión general como esta no puede evaluar por usted.

Si cree que una decisión en su caso fue jurídicamente o fácticamente incorrecta con base en lo que ya estaba en el expediente, el siguiente paso es una lectura cuidadosa de la decisión real frente al estándar específico que aplicaba — no una sensación general de que el resultado fue injusto. Ese tipo de análisis es más fácil de hacer bien con alguien que pueda revisar directamente la decisión y el expediente subyacente.

Si tiene en la mano una denegación, una orden de deportación o una decisión de la BIA, la forma más rápida de saber qué recurso realmente encaja — y cuánto tiempo tiene de manera realista — es que lo revisen directamente en lugar de trabajar con categorías generales como las anteriores.

8 CFR § 103.5 — Mociones para reabrir o reconsiderar presentadas ante USCIS

¿Puede una moción para reconsiderar incluir nueva evidencia si es realmente importante?

No — si está introduciendo evidencia que no formaba parte del expediente original, por lo general está describiendo una moción para reabrir (o un caso que necesita tanto una moción para reabrir como una moción para reconsiderar presentadas juntas, abordando cada parte por separado). Adjuntar nueva evidencia a algo etiquetado como moción para reconsiderar no la convierte en una moción para reabrir — simplemente puede hacer que el material nuevo se ignore porque se usó el tipo de moción equivocado.

¿Qué tan específica tiene que ser una moción para reconsiderar sobre el supuesto error?

Muy específica. Una afirmación general de que la decisión “estuvo mal” o “no consideró completamente el caso” no basta — por lo general, las regulaciones exigen que la moción especifique los errores de derecho o de hecho y, cuando el argumento se basa en autoridad jurídica, que la cite. Las mociones vagas se deniegan con frecuencia solo por esa razón, sin llegar nunca al fondo.

¿Se puede presentar una moción para reconsiderar y un aviso de apelación sobre la misma decisión?

Por lo general, no ambas, y no al mismo tiempo, ante el mismo foro — presentar una suele cerrar o complicar la otra dependiendo del momento y de la jurisdicción. Cuál de las dos protege mejor su posición depende de su plazo específico y de la naturaleza del error que está planteando, que es una cuestión de secuencia que vale la pena resolver bien antes de presentar cualquiera de las dos.

¿Qué pasa si su moción para reconsiderar también es denegada?

Por lo general, no puede presentar una segunda moción para reconsiderar pidiéndole al mismo decisor que reconsidere la denegación de su primera moción — eso está expresamente prohibido en la mayoría de estos foros. Según su situación procesal, otras opciones pueden incluir una apelación de la propia denegación o, en circunstancias limitadas, una moción para reabrir si desde entonces han surgido hechos nuevos.

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